En el Art.
64 inciso segundo de la Codificación
de la Ley Organica de Servicio Civil y Carrera
Administrativa y de Unificación y de
Homologación de las Remuneraciones
del Sector Público - LOSCCA, dice:
"La Secretaria Nacional Técnica
de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones
del Sector Público calificará
los contratos ocasionales de las entidades
de la Función Ejecutiva".
Los siguientes articulos del Reglamento
de la LOSCCA, regulan los contratos de servicios
ocasionales:
Art. 20.- Contenido del contrato
de servicios ocasionales.
Art. 21.- Contrato de servicios
profesionales con personas naturales.
Art. 22.- Contrato de servicios
profesionales con personas jurídicas.
Además regula los contratos de servicios
ocasionales la Resolución SENRES -
2005 - 000141, publicada en el Registro Oficial
No. 187, de 13 de enero de 2006.
REQUERIMIENTOS PARA LA CALIFICACION
DE CONTRATOS DE SERVICIOS OCASIONALES
1. Oficio de la máxima
autoridad, solicitando la calificación
de contratos de servicios ocasionales.
2. La Unidad de Administración
de Recursos Humanos UARHs, elaborará
el informe técnico para la contratación
de personal, que debe estar sustentado en
la planificación de recursos humanos
determinada sobre la base de las reales necesidades
de servicio a los clientes - ciudadanos y
por ningún concepto podrá superar
el número autorizado para el ejercicio
fiscal vigente. Para el efecto se utilizará
el FORMATO SENRES - PRH - CONT - 002
3. Lista de asignaciones
del personal a ser contratado en la que se
deberá especificar el proceso donde
existe la necesidad, denominaciones de puestos
institucionales y su grupo ocupacional; así
como, la Remuneración Mensual Unificada
establecida en la Escala Nacional, de acuerdo
a la Resolución No. SENRES - 2005 -
0054, públicada en el Registro Oficial
Nº 118 de 5 de octubre de 2005. Para
el efecto se utilizará el FORMATO SENRES
- PRH - CONT - 003.
4. Formulario de descripción
de puestos sujetos a contrato. Para el efecto
se utilizará el FORMATO SENRES - PRH
- CONT - 001
5. Certificación del
Área Financiera original sobre disponibilidad
de presupuesto para cubrir los gastos de personal
bajo la modalidad de contratos de servicios
ocasionales; señalando Nº de Partida
Presupuestaria y firmada por el responsable
del proceso de Gestión Financiera.
6. Copia Certificada del
distributivo de sueldos
Nota.- La información
deberá ser entregada en documentos
originales actualizados; en medio impreso
y magnético.
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